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El Ayuntamiento de Sobradiel, de la provincia de Zaragoza, ha estimado conveniente adoptar su escudo heráldico municipal a fin de perpetuar en él, con adecuada simbología y conforme a las normas de la heráldica, los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico. A tal efecto, y de acuerdo con las facultades que le confieren disposiciones legales vigentes, elevó, para su definitiva aprobación, el correspondiente proyecto y memoria descriptiva del mismo.
El expediente se sustanció con arreglo a las normas de procedimiento establecidas en el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, habiéndose emitido el preceptivo informe por la Real Academia de la Historia.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación de la Diputación General, en su reunión del día 8 de mayo de 1990.
DISPONGO:
Artículo único.-Se autoriza al Ayuntamiento de Sobradiel, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo heráldico municipal, que quedará organizado de la forma siguiente:Dado en Zaragoza, a ocho de mayo de mil novecientos noventa.
El Presidente de la Diputación General, HIPOLITO GOMEZ DE LAS ROCES
El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA