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DECRETO 126/1998, de 9 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Atea, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal.
El Ayuntamiento de Atea de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al art. 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 9 de junio de 1998,
DISPONGO:
Articulo único.--Se autoriza al Ayuntamiento de Atea de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
Cuadrilongo de base circular. De sinople, gemelas de oro en cabrio, acompañadas en los cantones del jefe de dos escudetes ojivales con el Señal Real de Aragón.
Al timbre, Corona Real abierta.
Paño verde, de proporción 2/3, con franja horizontal en su centro del Señal Real de Aragón, y al asta dos cabrios echados, amarillos y fileteados de granate.
Zaragoza, 9 de junio de 1998.
El Presidente del Gobierno de Aragón, SANTIAGO LANZUELA MARINA
El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, MANUEL GIMENEZ ABAD