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DECRETO 15/2002, de 22 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Ainzón, de la provincia de Zaragoza, para rehabilitar su escudo y bandera municipal.
El Ayuntamiento de Ainzón, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la rehabilitación de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 22 de enero de 2002,
DISPONGO:
Artículo único.-Se autoriza al Ayuntamiento de Ainzón, de la provincia de Zaragoza, para rehabilitar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
Cuadrilongo con base redondeada, en campo de azur, tres estrellas de oro de ocho puntas bien ordenadas. En cinta o cartela separada del escudo, los títulos utilizados por la villa: Muy leal, muy noble y fidelísima villa de Ainzón. Al timbre, Corona Real cerrada.
Paño blanco de proporción 2/3 con el escudo de la villa en su centro. Con dos fajas onduladas azules, cada una de 1/9 del ancho total del paño, colocadas arriba y abajo.
Zaragoza, 22 de enero de 2002.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA