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Aguilón Bandera i Escut municipal Zaragoza. Aragó.

Escudo

Original

El Ayuntamiento de Aguilón, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.

  En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de Aragón en su reunión del día 30 de julio de 1997,

DISPONGO:

  Artículo único.--Se autoriza al Ayuntamiento de Aguilón, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:

Escudo municipal de Aguilón

Escudo

cuadrilongo de base circular, que trae, de azur, un águila, pasmada de oro, coronada de lo mismo, linguada de gules y cargada de un escusón ojival con el Señal Real de Aragón, al que sostiene con sus garras.
Al timbre, Corona Real abierta.

Bandera:

Paño azul, de proporción 2/3, con un águila amarilla coronada de lo mismo en su centro, y en cada ángulo un losange con el Señal Real de Aragón.

  Zaragoza, treinta de julio de mil novecientos noventa y siete.

  El Presidente de la Diputación General, SANTIAGO LANZUELA MARINA
El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, MANUEL GIMENEZ ABAD