Capella Bandera y escudo municipal Huesca. Aragó.

Heráldica

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El Ayuntamiento de Capella, de la provincia de Huesca, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.

  En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 24 de julio
DISPONGO Artículo único.--Se autoriza al Ayuntamiento de Capella, de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:

Escudo:

cuadrilongo de base circular. En campo de azur, un puente medieval de oro, de tres arcadas, mazonado de sable, sobre tres ondas de plata y azur. El jefe de oro, con cuatro palos de gules (Señal Real de Aragón). Al timbre, Corona Real abierta.

Escudo municipal de Capella

Bandera:

paño azul de proporción 2/3, con una franja diagonal amarilla que la atraviesa del ángulo superior al asta al inferior al batiente, y sobre su centro un puente mazonado de su color.

Bandera municipal de Capella

  Zaragoza, 24 de julio de 2001.

  El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA