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DECRETO 71/1999, de 8 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Castilliscar, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal.
El Ayuntamiento de Castiliscar, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la
Diputación General de Aragón en su reunión del día 8 de junio de 1999,
DISPONGO:
Artículo único.--Se autoriza al Ayuntamiento de Castiliscar, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
cuadrilongo con base circular. De gules, un castillo de oro, mazonado de sable y aclarado de azur. El Jefe de azur, fileteado en su base de onda de oro, y cargado de dos cruces de ocho puntas, de plata, en los cantones. Al timbre, Corona Real cerrada.
Paño amarillo, de proporción 2/3, entado al asta de rojo, cargado de castillo amarillo, con ventanas y puertas azules, y enmarcado por doble franja ondulada, azul en su parte interna y blanca en la externa, que se extiende horizontalmente hasta el batiente.
Zaragoza, 8 de junio de 1999.
El Presidente del Gobierno de Aragón, SANTIAGO LANZUELA MARINA
El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, MANUEL GIMENEZ ABAD