Aragón és així > Saragossa > Ambel
DECRETO 242/2002, de 11 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Ambel, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal.
El Ayuntamiento de Ambel, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 11 de julio de 2002,
DISPONGO:
Artículo único.-Se autoriza al Ayuntamiento de Ambel, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
cuadrilongo de base circular. De oro, un capitel de gules cargado de un escudete de plata con un águila pasmada de sable dentro de una láurea de olivo de sinople. Jefe de gules cargado de una cruz griega, patada, de ocho puntas de plata. Al timbre, Corona Real cerrada.
Paño amarillo de proporción 2/3, con un capitel al asta, rojo cargado de un escudete blanco con un águila pasmada negra, y colocado entre dos ramas de laurel.
Zaragoza, 11 de julio de 2002.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA